Revira IP declaraciones de la titular de Seguridad Pública de Cuernavaca

Revira IP declaraciones de la titular de Seguridad Pública de Cuernavaca

Como era de esperarse, el sector empresarial rechazó la declaración de la titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de Cuernavaca, Alicia Vázquez Luna, sobre que los empresarios no están tomando sus propias medidas para prevenir ataques de la delincuencia, como el que se registró la madrugada del domingo contra un bar de la avenida San Diego.
El presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), Antonio Sánchez Purón, señaló que lo que planteó la funcionaria es tanto como “que cada negocio tenga un policía en su entrada”.
Por lo mismo, afirmó que ve “imposible que los empresarios sean culpables de la inseguridad”, sin negar la existencia de un clima de violencia que está afectando al sector productivo.
El representante de la cúpula empresarial abundó que, en lugar señalar a la iniciativa privada de ser responsable de algo que no le corresponde –como garantizar la seguridad de sus clientes de ataques desde el exterior-, el municipio debería realizar una auditoría sobre el cumplimiento de todo aquello que sí está dentro de la responsabilidad del sector privado.
Como por ejemplo, que todos los negocios de giro rojo, con venta de bebidas alcohólicas, cuenten con licencia de funcionamiento y acaten la normatividad municipal para detectar a los que operan de manera irregular.
Crear, con base en lo anterior, corredores seguros, con el funcionamiento de este tipo de establecimientos solo en zonas autorizadas para ello, al señalar que se han detectados negocios en sitios inapropiados, como zonas habitacionales donde contribuyen a la alteración del orden.
Más allá de esto, Sánchez Purón insistió en que más policías o guardias de seguridad, con toletes o arcos detectores de armas, no son la solución; todo lo contrario, envían un mensaje de incertidumbre a los consumidores sobre lo seguro que puede ser entrar en un lugar custodiado.

NADA ESCRITO
El Reglamento para Regular la Venta, Distribución y Consumo de Alcohol en el municipio de Cuernavaca no señala, en ninguno de sus artículos que los establecimientos estén obligados a tener medidas de prevención del delito, como a las que se refirió Alicia Vázquez Luna.
El artículo 69, sobre los motivos de clausura, fracción VII refiere que ésta procede cuando “por la gravedad de la infracción, a juicio de la Comisión, se ponga en riesgo la salud pública, el orden público, la seguridad o la paz social”, pero no hace alusión a medidas preventivas de observación obligatoria.
Asimismo, el artículo 29, sobre requisitos, fracción m, no hace referencia a medidas de prevención del delito; sin embargo, el artículo 33 de la Ley para la Prevención y Combate al Abuso de Bebidas Alcohólicas y de Regulación para su Venta y Consumo en el Estado de Morelos indica que es obligatorio para negocios de giro rojo la colocación de arcos detectores de metales, pero esta legislación no está trasladada al ordenamiento municipal.

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